El Consejo de Ministros ha aprobado hace unos minutos el anteproyecto de reforma de ley del tabaco. Tras más de dos décadas sin grandes cambios, es la primera vez que el Ejecutivo da luz verde a una completa reforma sobre la Ley 28/2005 de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
Antes de entrar en vigor, la nueva normativa tendrá que superar por mayoría absoluta la tramitación parlamentaria. Algo que no está asegurado, dada la configuración actual del sistema.
Mónica García, ministra de Sanidad, ha explicado que este nuevo proyecto de ley se presenta “con el objetivo de reforzar la protección de la salud de la población y adaptar la normativa a los cambios en los patrones de consumo y en el mercado de productos del tabaco y productos relacionados”. En él, se han abordado los nuevos espacios en los que estará prohibido fumar, los productos que entran en la ley y que se igualan a los cigarrillos tradicionales y el régimen sancionador de los mismos.
Todos los espacios en los que estará prohibido fumar con la nueva ley antitabaco
Con el objetivo de fortalecer la prevención y proteger a los colectivos más vulnerables, como es el caso de la población más joven, el Ejecutivo ha ampliado el número de espacios donde estará prohibido fumar una vez se apruebe:
- En las zonas exteriores de los centros sanitarios, educativos, universitarios y sociales con una distancia mínima de 15 metros.
- En los vehículos de transporte con conductor no se podrá fumar. En los vehículos comerciales, también estará prohibido, incluso si el conductor viaja solo.
- En los parques infantiles y zonas culturales y deportivas con la misma distancia a la mencionada previamente. Se prohíbe expresamente, además, fumar en las gradas.
- En las terrazas de bares, estaciones de transporte y conciertos. En las paradas del autobús se tendrá que respetar una distancia mínima de 15 metros, mientras que en las estaciones de tren estará completamente prohibido, al igual que ocurre con la hostelería.
Qué nuevos productos contempla esta prohibición
Uno de los grandes cambios ha sido que ya no solo se restringe el consumo del tabaco tradicional. Además, y con el objetivo de adaptarse a los nuevos patrones de comportamiento, nuevos productos asumirán la misma regulación. Incluso cuando estos no contienen tabaco o nicotina. Son los siguientes:
- Los cigarrillos electrónicos, con independencia de que tengan nicotina o no. Se incluye en la prohibición cualquier componente de los mismos: desde el propio dispositivo hasta el depósito. A efectos prácticos, serán tratados como un cigarrillo tradicional y recibirán las mismas regulaciones.
- Dispositivos para el consumo de productos calentados, incluidos aquellos que funcionan con tabaco.
- Las bolsitas de nicotina para uso oral en cualquiera de sus formatos.
- Productos a base de hierbas, como las shishas o las mezclas vegetales sin tabaco.
- Dispositivos de un solo uso: Este tipo de dispositivos han crecido mucho durante los últimos años y su prohibición radica tanto en sus efectos sobre la salud como en el medio ambiente.
De forma paralela, también se está estudiando la prohibición del uso de saborizantes en los vapeadores. No obstante, esta medida todavía se está discutiendo en Europa y, de aprobarse, aterrizaría más tarde en nuestro país.
Producto | Regulación Actual (Ley 28/2005) | Nueva Regulación Propuesta |
---|---|---|
Cigarrillos electrónicos (Vapers) | Regulación parcial, especialmente los que contienen nicotina. | Equiparación total al tabaco, con o sin nicotina. |
Dispositivos de un solo uso | Sin regulación específica, vacío legal. | Prohibición explícita por motivos de salud y medioambientales. |
Bolsitas de nicotina oral | Sin regulación específica. | Prohibición y regulación equiparada al tabaco. |
Shishas / Productos a base de hierbas | Regulación laxa, permitidos en muchos espacios. | Equiparación total al tabaco, prohibidos en los mismos espacios. |
Prohibición en menores y sanciones de hasta 600.000 €
Uno de los grandes cambios en la normativa es que, por primera vez en territorio nacional, los menores de edad tendrán prohibido fumar. Hasta ahora, los menores de 18 años tenían prohibida la venta, pero no el consumo. Ahora, podrán recibir sanciones los adolescentes que fumen cigarrillos tradicionales o algunos de los productos que hemos mencionado.
En cuanto a las sanciones, Mónica García ha explicado que se han reforzado “las sanciones a quienes vulneren estas normas, ya que se van a poder enfrentar a multas severas que pueden llegar hasta los 600.000 euros”. El documento que ha compartido el Consejo de Ministros contempla una escalera de sanciones en función de la gravedad de la infracción:
- Las sanciones leves recibirán una multa desde los 100 hasta los 600 €.
- Las sanciones consideradas como graves, partirán de los 600 € y pueden alcanzar los 10.000 €.
- Las sanciones muy graves comienzan en los 10.001 € hasta los 600.000 €.