La noticia saltaba a primera hora de la mañana, en información publicada por Expansión. La Audiencia Provincial de Barcelona admitía el recurso presentado por varias discográficas y Promusicae, la asociación que representa sus intereses, y obligaba al operador de banda ancha a impedir el acceso a Internet a uno de sus usuarios. ¿El motivo? Compartir de forma masiva a través de redes peer to peer archivos musicales (un total de 5.097).

Como leemos en elmundo.es, la orden judicial se basa en sentencias de 2011 para afirmar que el intercambio de archivos a través de P2P se puede considerar "comunicación pública". En una de ellas se señala que quien comparte archivos audiovisuales en una red P2P "está poniendo estos archivos a disposición del público y, por ello, realiza un acto de comunicación pública previsto en el artículo 20,2i) de la Ley de Propiedad Intelectual".

Basándose en ello, los archivos encontrados en el ordenador del usuario "en la medida que permite su comunicación o la obtención de copias, constituye un acto de reproducción (...) y además esas grabaciones se ponen a disposición de una pluralidad de personas (...) llevando a cabo actos de comunicación pública (...)". Sobre el hecho de la existencia o no de ánimo de lucro, la sentencia explica que "el derechos exclusivo para autorizar su reproducción y comunicación pública corresponde al productor", por lo que no cabría ampararse en que se comparten sin ánimo de lucro para distribuirlos de este modo.

Con esta sentencia en la mano, la industria cultural y del entretenimiento podría iniciar un nuevo modus operandi para perseguir la "piratería" en Internet en España. Aunque por el momento la mayor fijación de las compañías y entidades de gestión de derechos de autor había sido el perseguir las páginas de enlaces (con nulos resultados), en esta ocasión ha decidido actuar contra los particulares y el resultado esta vez ha sido positivo para su iniciativa.

Una medida de difícil aplicación

No obstante, cabe señalar en este punto que como explica el abogado especializado en la materia Carlos Sánchez Almeida, la sentencia tiene que estar "acotada a ese usuario". Es decir, la privación del acceso a la Red a través de su línea no debería afectar al resto de personas que comparten el acceso desde su hogar. "Mal aplicada podría vulnerar el derecho fundamental a la libertad de información al privar de Internet al resto de miembros de la unidad familiar, hecho recurrible tanto al Constitucional como al Tribunal Europeo de Derechos Humanos", explica al citado medio.

Siguiendo los pasos de la industria en otros países

La Ley de Propiedad Intelectual, cuya reforma ya ha sido aprobada para intensificar la protección de los derechos de autor, se sitúa como arma para que el sector audiovisual y del entretenimiento inicie una nueva estrategia. Ésta pasa por seguir los pasos dados en otros países en los que el intercambio P2P está perseguido de forma explícita gracias a leyes antipiratería que imponen amenazas como la desconexión de usuarios o el pago de cuantiosas multas. No obstante, en algunos países como Francia el resultado fue un fracaso a la hora de atajar las descargas ya que los usuarios han pasado a emplear otras tecnologías para acceder a este tipo de contenidos.

Estaremos muy pendientes de si este sector empieza a denunciar de forma masiva a usuarios previamente rastreados y en los que detecte el uso de redes P2P. Otra posible consecuencia que se podría derivar es la amenaza con llevar a juicio a los internautas salvo que éstos accedan a pagar una determinada cantidad a los posibles denunciantes para salvar el enfrentamiento en los tribunales. Esta estrategia, que muchos consideran un chantaje, se ha prolongado durante los últimos años en países como Estados Unidos. ¿Apostará fuerte la industria por este polémico sistema para acabar con la "piratería" en España?

 

Fuente: adslzone