La Semana Santa es uno de los momentos del año que todos esperamos con más ganas, convertido en uno de los periodos vacacionales que mayor número de desplazamientos por carretera realizamos. Tanto si quieres realizar una escapada en coche hacia algún país vecino, como si estás pensando en alquilar un vehículo cuando aterrices en tu destino, es importante que tengas claro todo lo relativo a tu carnet de conducir, puesto que, en algunos casos, será necesario que previamente tramites el Permiso Internacional.

Conscientes de las habituales dudas que se generan en esta época del año, la DGT ha informado a través de su cuenta de X, antigua Twitter, de algunos de los consejos que debemos seguir para poder disfrutar de nuestros planes sin imprevistos.

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Validez del permiso

Lo primero que tenemos que saber es lo relativo a la validez de nuestro carnet de conducir. La DGT recuerda que existe una notable diferencia si viajamos dentro de la Unión Europea o si viajamos fuera de nuestras fronteras, por lo que las condiciones también cambian de manera considerable.

Dentro de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo, el permiso de conducir de España tiene la misma validez de la que tendría en nuestro propio país, siempre y cuando esté en vigor. Por tanto, no sería necesario realizar ningún tipo de trámite si únicamente vamos a estar de paso o disfrutando de un periodo vacacional.

Por el contrario, en el caso de que queramos visitar algún país que se encuentra fuera de los límites mencionados previamente, deberemos tramitar el Permiso Internacional que, además, siempre deberá ir acompañado del permiso español en vigor para que, en el caso de que sea necesario, podamos acreditarlo.

Nuestro vehículo

Además, también tenemos que tener en cuenta las posibles limitaciones que puede tener nuestro vehículo. En el caso de que se trate de una estancia corta dentro de la UE o del EEE, no será necesario realizar ningún trámite, siempre y cuando tengamos pasada la ITV y el seguro se encuentre en regla. Nuestra póliza nos deberá cubrir en todo el territorio de la UE y la EEE sobre cualquier daño que podamos realizar a terceros, aunque, eso sí, la DGT aclara que “la póliza no tiene por qué cubrir los daños propios que puedan ocasionarse”.

Si tenemos intención de visitar algún país que no pertenezca al EEE, el consejo de la DGT es que nos informemos en el consulado o la oficina de turismo es necesario el Carnet de Passages en Douane, un documento similar al pasaporte de un vehículo que es necesario en algunos países del mundo. Además, también debemos informarnos sobre si necesitamos la Carta Verde, que es la cobertura de nuestro permiso que facilita el tránsito del vehículo en caso de accidente.

Otros aspectos

Además de todo lo anterior, la Dirección General de Tráfico recuerda que algunos países cobran un impuesto por circular en sus carreteras y será nuestra responsabilidad informarnos de si es necesario tener que pagar algún tipo de importe si vamos a pasar unos días circulando por el interior de sus fronteras.

En el caso de sufrir algún tipo de discapacidad, también podremos tener derecho a la Tarjeta Europea de Estacionamiento para personas con dicha discapacidad, que nos ofrece una serie de derechos de estacionamiento. Esta tarjeta se debe solicitar en nuestra propia Comunidad Autónoma.

Por último, conviene recordar todo lo relativo a las emisiones. Muchos países de la Unión Europea han elaborado una clasificación para poder determinar la circulación de los vehículos en función de lo contaminantes que pueden llegar a ser. En este caso, no podemos circular con un distintivo español en zonas restringidas de otros países. Deberemos informarnos “antes de ir de viaje sobre si es necesario obtener un distintivo en el país al que viaja, cómo hacerlo y los criterios para poder circular”.

 

Fuente: DGT | adslzone