El distintivo ambiental es una manera de clasificar los vehículos en función de su eficiencia energética, teniendo en cuenta el impacto medioambiental de los mismos. Sin embargo, el alcance de la DGT se limita a cuatro categorías, por lo que aquellos que no entren en ninguna se quedan sin distintivo, y con ello sin calificación. Hasta ahora.

Etiqueta ambiental de vehículo tóxico

Desde que se informó de la necesidad de las pegatinas de la DGT, muchas han sido las quejas y protestas que han surgido en torno a su implantación. Teniendo en cuenta que a estos vehículos se les aplica ya muchas restricciones de paso a Zonas de Bajas Emisiones, sus conductores expresan su descontento de varias maneras.

Una de ellas, que se ha ido extendiendo poco a poco, es la de colocar en el parabrisas una pegatina que no figura en las categorías que marca la DGT. Están destinadas para «vehículos tóxicos» pero no son legales ni auténticas. Generalmente son de color negro, cuentan con un símbolo de una calavera y una variante del logotipo del organismo dirigido por Pere Navarro, pero en vez de DGT pone JDT (se sobreentiende lo que buscan decir). Cómo no, ya pueden encontrarse en algunos comercios online como AliExpress.

Vehículos con derecho a pegatina

Existen cuatro distintivos ambientales creados en función del impacto medioambiental de los vehículos y los mismos, clasificarán y graduarán el 50% del parque más eficiente. De mayor a menor eficiencia serían:

  • Etiqueta Cero: de color azul, identifica a los vehículos más eficientes. Tendrán derecho a esta etiqueta eléctricos de batería (BEV), eléctricos de autonomía extendida (REEV), eléctricos híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía de 40 km o vehículos de pila de combustible.
  • Etiqueta Eco: los siguientes en el escalón de eficiencia, se trata en su mayoría de vehículos híbridos, gas o ambos. Tendrán derecho a esta etiqueta eléctricos enchufables con autonomía inferior a 40 km, híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural y gas (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP).
  • Etiqueta C, la verde: vehículos de combustión interna que cumplen con las últimas emisiones EURO. Tendrán derecho a esta etiqueta turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de septiembre de 2015. Vehículos de más de 8 plazas, excluido el conductor, y pesados tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2014.
  • Etiqueta B, la amarilla: Vehículos de combustión interna que, si bien no cumplen con las últimas especificaciones de las emisiones EURO, sí que lo hacen con anteriores. Tendrán derecho a esta etiqueta turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas desde el 1 de enero de 2001 y diésel a partir de 2006. Vehículos de más de 8 plazas y pesados tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2006.

El resto de los vehículos, el 50% más contaminante (casi diez millones de vehículos españoles), no tiene derecho a ningún tipo de distintivo al no cumplir los requisitos para ser etiquetado como vehículo limpio. Es por ello que aquellos que se dan por aludidos y se sienten ofendidos por esta normativa se están vengando colocando sus propias pegatinas. Eso sí, teniendo en cuenta que se trata de una pegatina ilegal, podría incurrir en un delito, por lo que mucho ojo si te ha parecido una buena idea pegarla.

Según recoge el artículo 399.2 del Código Penal, «es constitutiva del delito de uso de certificación falsa», lo que puede llegar a sancionarse con una multa entre 6.000 y 12.000 euros.

 

Fuente: El Debate | adslzone