Resulta molesto y frustrante encontrarse en la situación de querer pagar la cuenta de la cena y que el camarero o el establecimiento se nieguen a aceptar el pago con tarjeta. En un mundo cada vez más digitalizado, donde los pagos electrónicos son ampliamente utilizados, es esperable que los consumidores cuenten con la opción de pagar con tarjeta en la mayoría de los establecimientos.

Cuando esto no sucede, puede generar incomodidad y dificultades innecesarias. En muchas ocasiones, los clientes no suelen llevar grandes cantidades de efectivo encima, lo que puede hacer difícil cumplir con la obligación de pagar en efectivo si no se cuenta con el importe necesario en ese momento.

Cuentas de menos de 30 euros

En España, la normativa relativa (Real Decreto-Ley 19/2018) a los pagos en efectivo establece ciertas condiciones en relación con el importe de la transacción. Según la legislación vigente, si el importe a abonar es inferior a 30 euros, los establecimientos tienen la opción de exigir al cliente que realice el pago en efectivo.

Esta disposición permite a los propietarios de bares y restaurantes determinar si desean aceptar únicamente dinero en efectivo para cuentas de bajo importe. Esto puede deberse a razones logísticas, como minimizar los gastos asociados con el uso de terminales de pago con tarjeta o facilitar la velocidad y agilidad en el proceso de cobro.

Sin embargo, es importante destacar que cuando el importe supera los 30 euros, los establecimientos están obligados a aceptar el pago con tarjeta u otros medios electrónicos. Esta obligación tiene como objetivo promover la transparencia y garantizar la seguridad de las transacciones, evitando posibles fraudes o evasiones fiscales.

Es fundamental que los consumidores estén informados sobre sus derechos en relación con los métodos de pago aceptados. Si un establecimiento se niega a aceptar tarjetas de crédito o débito para una transacción que supera los 30 euros, los clientes pueden denunciar esta situación a las autoridades competentes, como la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición. La opción más rápida es pedir una hoja de reclamación y llamar a la policía para que se presente en el local. Esta será la única manera de hacer cumplir la ley si el bar no quiere cobrar una cuenta grande con tarjeta.

Deben avisarlo previamente

Además de la obligación de aceptar pagos con tarjeta para importes iguales o superiores a 30 euros, los establecimientos que decidan no aceptar este método de pago deben informar a los clientes de manera clara y visible. Para cumplir con esta exigencia, se requiere que coloquen carteles o letreros visibles en el local, indicando que no se aceptan pagos con tarjeta.

Estos carteles deben estar ubicados en un lugar fácilmente visible para los clientes, como cerca de la caja registradora, en la entrada del establecimiento o en el área de atención al cliente. De esta manera, los consumidores podrán conocer de antemano las opciones de pago disponibles antes de realizar una compra o consumir en el lugar.

La finalidad de esta normativa es asegurar que los clientes tengan la información necesaria para tomar decisiones informadas sobre cómo realizarán sus pagos al visitar un establecimiento. Al exhibir estos carteles, los propietarios evitan posibles malentendidos o situaciones incómodas al momento de pagar, permitiendo a los clientes optar por otra forma de pago si no desean o no pueden pagar en efectivo.

 

Fuente: adslzone