El trabajo por cuenta propia es una buena alternativa para encontrar nuevas oportunidades laborales o materializar un nuevo proyecto, siendo una salida interesante al desempleo para muchas personas. Ahora bien, en estos momentos es normal que te abrumen muchas dudas: ¿Qué pasará con mi paro? ¿lo perderé? ¿Puedo cobrar la prestación si me doy de alta como autónomo? En la actualidad, las medidas que se han implementado para crear empleo y apoyar a los emprendedores permiten compatibilizar el alta en autónomos y el desempleo, con matices y excepciones. Revisamos las alternativas existentes y cómo realizar estos trámites a través de Internet.

Compatibilizar el paro y el trabajo por cuenta propia

Principalmente, a la hora de compatibilizar el paro y el trabajo por cuenta propia tenemos dos alternativas: la capitalización del paro o pago único y el seguir cobrando la prestación tras habernos dado de alta como autónomos. Revisamos ambas opciones para que puedas valorar a cuál puedes acogerte y los pasos a seguir para solicitarla.

Compatibilizar el paro en mensualidades y el alta

Esta es la alternativa ideal para todos aquellos nuevos autónomos que quieren asegurarse unos ingresos mensuales regulares mientras ponen en marcha su actividad por cuenta propia. En este caso se sigue cobrando la prestación por desempleo en mensualidades mientras se desarrolla la actividad, con lo que el autónomo se asegura unos ingresos constantes a final de mes.

Con esta medida es posible compatibilizar el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) con el continuar cobrando el paro. La medida permite disponer de esta prestación con un plazo máximo de 270 días o 9 meses, o del tiempo pendiente de percibir la prestación.

Además, si antes de llegar al mes 9 cesas tu actividad por cuenta propia podrás seguir percibiendo el paro. Si continúas como autónomo tu prestación quedará suspendida hasta los 60 meses. Si antes de que pasen esos 60 meses cesas como autónomo podrás seguir cobrando el paro, en caso contrario, el derecho de cobro de esta prestación se extinguirá.

Asimismo, si cuando ceses tu actividad por cuenta propia tienes derecho a prestación por cese de actividad podrás elegir entre esta nueva prestación o el derecho a la prestación por desempleo suspendida (si todavía no han pasado esos 60 meses).

Para solicitar la compatibilización del paro con el alta en autónomos tendrás que enviar la solicitud en los 15 días que suceden al inicio de tu nueva actividad. En caso contrario no podrás obtener la compatibilidad, así que resulta clave hacerlo en estos tiempos.

Además, puedes realizar este procedimiento de forma telemática desde el nuevo formulario de pre-solicitud del SEPE. Una vez dentro debes solicitar la opción «Comunicación de compatibilidad trabajo por cuenta propia» ubicada dentro del primer apartado «presolicitud de prestación individual».

Se trata de un nuevo sistema que ha activado el SEPE para poder hacer trámites a través de Internet para el que ni siquiera te hará falta el certificado digital. En las observaciones se deben añadir todas las indicaciones que queramos agregar. Cuando reciban tu solicitud la tramitarán y contactarán contigo por email o por teléfono si necesitan algo de documentación extra o clarificar alguno de tus datos.

Capitalizar el paro

Capitalizando el paro o escogiendo el pago único percibirás en un solo pago todo o parte del importe pendiente de tu prestación por desempleo, siendo una buena alternativa para iniciar un proyecto.

Esta opción te permite cobrar todo el parto en un único pago, aunque para poder acogerte a ella debes tener pendientes de cobro como mínimo 6 meses de la prestación por desempleo. Del mismo modo, tienes que empezar tu actividad por cuenta propia en un plazo de un mes desde que se te conceda la capitalización del subsidio y no debes haber cobrado el pago único en los últimos cuatro años.

Además, si escogemos esta opción deberemos documentar que la capitalización de la prestación la vamos a utilizar para financiar nuestro nuevo proyecto (para la compra de activos, contrataciones, gastos, para pagar la cuota de autónomos o ambas cosas al mismo tiempo), cosa que no debemos hacer si escogemos la primera opción y seguimos percibiendo la prestación mensualmente.

Las solicitudes también se pueden presentar telemáticamente a través de la sede electrónica del SEPE. Necesitamos rellenar el documento de solicitud de pago único y anexar los documentos que encontraremos en la ventana de ayuda. Posteriormente tendremos que entregar justificantes y facturas para acreditar la inversión realizada o cómo se va a utilizar el importe de la prestación (para pagar las cuotas de la seguridad social o para financiar la inversión inicial).

Incompatibilidades

Existen algunas excepciones a la hora de compatibilizar paro y trabajo por cuenta propia:

  • Si te das de alta como autónomo y firmas un contrato con el empleador para el que hubieses prestado servicios por cuenta ajena antes del inicio de tu situación legal de desempleo (tampoco si se trata del mismo grupo empresarial).
  • Si has percibido la capitalización del paro en los 24 meses anteriores al inicio de esta nueva actividad.
  • Si tu último empleo también fue por cuenta propia.
  • Si te has acogido a esta medida otra vez en los 24 últimos meses.

 

Fuente: adslzone