El exceso de velocidad es una de las infracciones más comunes en las carreteras españolas, y la Dirección General de Tráfico ha implementado medidas para reducir la siniestralidad relacionada con esta conducta. Sin embargo, es importante destacar que no pagar una multa por exceso de velocidad a tiempo puede tener serias consecuencias.

En España, las multas por exceso de velocidad varían según la gravedad de la infracción y la velocidad detectada. Las sanciones pueden oscilar desde los 100 hasta los 600 euros, y además pueden implicar la pérdida de puntos del carné de conducir. En casos más graves, como superar en 60 km/h la velocidad permitida en vía urbana o en 80 km/h en vía interurbana, la multa puede llegar a ser de 600 euros y la retirada del carné de conducir.

Dos fotos diferentes

Para que una multa por exceso de velocidad de la DGT sea efectiva, se requiere el envío de dos fotos: una imagen general del vehículo en la que se pueda apreciar su modelo y color, y otra imagen específica de la matrícula que se ha detectado circulando a una velocidad superior a la permitida.

Sin embargo, es importante destacar que estas dos fotos deben ser diferentes y no se acepta una misma foto ampliada para enfocar la matrícula. Esto se debe a que, en ocasiones, las imágenes pueden perder calidad al ampliarlas o pueden producirse distorsiones que dificulten la identificación precisa de la matrícula. Por lo tanto, para garantizar la exactitud de la sanción, se requiere que se envíen dos imágenes separadas y distintas que permitan identificar sin margen de error el vehículo infractor y su matrícula.

Estas dos imágenes son cruciales para que la DGT pueda garantizar la precisión de las sanciones de tráfico y evitar posibles errores o fraudes en el proceso de identificación del vehículo infractor. Además, el uso de tecnología avanzada como los radares y las cámaras de vigilancia en las carreteras, junto con el envío de estas imágenes, contribuyen a mejorar la seguridad vial y reducir la tasa de accidentes de tráfico relacionados con el exceso de velocidad.

Se puede recurrir

En el año 2021 se produjo una situación que podría generar problemas en la DGT. Un juzgado de Córdoba anuló una sanción por exceso de velocidad debido a que la notificación de la misma contenía una sola imagen, lo que supone una infracción de las normas de tráfico. La Ley de Tráfico establece que para que una multa por exceso de velocidad sea efectiva, es necesario que se envíen dos imágenes.

En el caso de Córdoba, la notificación de la multa por exceso de velocidad únicamente incluía una imagen de la matrícula del vehículo. Esto vulnera las normas establecidas por la DGT, lo que llevó al juzgado a anular la sanción.

Para que una multa por exceso de velocidad sea efectiva, en las imágenes se debe ver la información metrológica del cinemómetro, lo que permite demostrar que se trata de dos instantes diferentes de la velocidad del vehículo, aunque muy cercanos en el tiempo (apenas separados por unos pocos segundos). De esta manera, se garantiza la precisión y la fiabilidad de las multas de tráfico.

El problema surge cuando algunas personas creen en bulos o falsos mitos relacionados con las multas de tráfico, y deciden no pagarlas a tiempo, pensando que así evitarán la sanción. Sin embargo, esto no es cierto, ya que las multas no desaparecen y pueden aumentar de manera exponencial si no se abonan en el plazo establecido. Además, no pagar una multa puede llevar a una deuda pendiente con la administración que puede afectar negativamente en el historial crediticio de la persona y a futuras gestiones administrativas.

 

Fuente: adslzone