Ten en tu coche los papeles y documentos

Por razones legales y también por cuestiones de seguridad, tanto el conductor como el propio coche deben tener vigentes o en regla una serie de documentos y papeles. En el caso de la ausencia o de la vigencia de alguno de ellos, las multas que te pueden poner los agentes tanto de las policías locales como los de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil son de lo más variadas y cuantiosas.

Tal y como viene recordando de forma continua la Dirección General de Tráfico, es responsabilidad del conductor tener en regla y llevar consigo mismo una serie de documentos personales. En este caso, si el conductor quiere evitar una sanción debe llevar consigo el permiso de conducción (o más comúnmente denominado como carnet de conducir).

En este primer caso, ya no es necesario llevar en formato físico dicho carné, ya que el conductor puede demostrar que lo tiene vigente enseñando la app MiDGT, desde la cual también se puede llevar en el smartphone y nos ahorra una sanción de 500 euros. Asimismo, ya sea desde un dispositivo o en físico, debemos contar en el coche con una serie de papeles.

Qué debes saber

Y es que, de no hacerlo, no solo será un disgusto para la cartera, sino que también procederán a inmovilizar el vehículo dependiendo de las circunstancias. Así, la Dirección General de Tráfico (DGT), se asegura constantemente de que toda persona que circule con su coche respete a la perfección la normativa de seguridad y no de pie a poner en peligro la vida de ningún usuario.

Los documentos en cuestión que sí o sí debes llevar en el vehículo son tales como el permiso de conducción, el permiso de circulación, la tarjeta de inspección técnica del vehículo y el seguro obligatorio. Todos estos papeles constituyen la garantía de que se cumple la ley y las normas necesarias para conducir con seguridad, siendo lo primero que pedirán los agentes tanto si te paran como si estás involucrado en un accidente. Son los siguientes.

Permiso de conducción

Es obligatorio llevarlo siempre que se conduce, excepcionalmente la autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico. En este caso la multa por no llevarlo será de 10 euros, si hay algún dato incorrecto o no está actualizado, ascenderá a 80 euros. Si además, el carnet está caducado, la multa será de 200 euros y si no estás autorizado para conducir un vehículo por la retirada del mismo, la sanción es de 500 euros y la retirada de 4 puntos.

Permiso de circulación

Es obligatorio llevarlo siempre que se circule.

La multa por no llevarlo será únicamente de 10 euros, pero si el vehículo no cuenta con esta autorización, la sanción asciende a 500 euros.

Tarjeta de inspección técnica del vehículo

Se debe llevar el último informe de la ITV y la pegatina correspondiente pegada en el parabrisas. Es obligatoria para vehículos de cierta antigüedad.

En este caso son 10 euros de multa, pero si se tiene la ITV caducada será de 200 euros.

Seguro obligatorio. La ley exige al conductor del vehículo llevar este documento para que en caso de accidente se cubran los posibles daños a terceros.

Desde 2008 no es obligatorio llevarlo en el coche ya que los agentes lo pueden comprobar por ellos mismos, sin embargo, si comprueban que el vehículo carece de seguro, la multa podrá oscilar desde los 601 euros a los 3.005 con inmovilización inmediata del mismo.

 

Fuente: adslzone