Si vemos cruzar una bicicleta, ¿pueden hacerlo? ¿Cómo se cruza por un paso de peatones en bicicleta?

Cruzar paso de peatones en bicicleta

En el artículo 65 del Reglamento General de Circulación se regula y se explica la prioridad de paso entre los peatones y los conductores de cualquier tipo de vehículo. A efectos de la ley, una bicicleta en movimiento con una persona sobre ella es considerada un vehículo.

Por tanto, aquellos ciclistas que crucen un paso de cebra sin bajarse de la bici podrán ser multados con una sanción económica de hasta 200 euros, tipificándose como una infracción grave, tal y como recoge el punto 4 del citado artículo 65: «Las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de graves, conforme se prevé en el artículo 65.4.c) del texto articulado».

De esta forma, cabe recordar que, para cruzar por un paso de peatones, es obligatorio bajarse de la bici y cruzarlo andando. De cualquier otra forma, no tendríamos consideración de peatón, sino de vehículo y estaríamos cruzando de forma indebida por un espacio no apto para ello.

Otras multas relacionadas con ciclistas

La del cruce por un paso de peatones yendo montados no es la única multa de tráfico que puede recibir un ciclista. Algunas otras son evidentes, como el uso obligatorio de casco, mientras que hay algunas que pueden ser un poco más desconocidas para aquellos usuarios que solamente cojan la bici de forma ocasional y más casual.

  • Utilizar el teléfono móvil o auriculares mientras se monta en bicicleta: 200 euros.
  • Positivo en alcoholemia (afectan las mismas tasas que los conductores en general: 500 a 1.000 euros, según la tasa y la reincidencia.
  • Llevar incorrectamente a un niño (solamente a un pasajero hasta 7 años de edad y en asiento homologado): 100 euros.
  • No llevar luces cuando se circule de noche, en pasos inferiores o por túneles: 200 euros.
  • No respetar la prioridad de paso de los peatones: 200 euros.
  • No respetar la prioridad de en una intersección: 200 euros.
  • Incorporarse de forma peligrosa: 200 euros.
  • Saltarse un semáforo: 150 a 500 euros.
  • No señalizar una maniobra: 200 euros.
  • No llevar casco en ciudad cuando es obligatorio: 200 euros.
  • Cruzar un paso de peatones sin bajar de la bici: 200 euros.
  • Circular por la acera: hasta 100 euros.
  • Circular en ciudad en grupos sin orden: 100 euros.
  • Circular sin reflectantes en carretera: 80 euros.
  • Circular sin casco en carretera cuando es obligatorio: 200 euros.
  • Ocupar la calzada cuando es posible circular por el arcén: 200 euros.
  • Circular en carretera en grupos sin orden: 100 euros.

 

Fuente: adslzone