Uno de los lugares en los que podías pensar en parar era el carril bici, sobre todo en días lluviosos o en los que no parezca haber un gran tránsito. Sin embargo, moleste o no a los ciclistas que tienen prioridad de circulación, ahora es una infracción grave que te puede costar hasta 200 euros de multa.

200 euros de multa por parar en carril bici

Hasta que entró en vigor la nueva Ley de Seguridad Vial el pasado 21 de marzo de 2022, una parada o estacionamiento en el carril bici estaba prohibida, pero no era considerada como una infracción grave.

Desde entonces, esta nueva Ley establece como infracción grave «Parar o estacionar en el carril bus, en carriles o vías ciclistas, en curvas, cambios de rasante, zonas de estacionamiento para uso exclusivo de personas con discapacidad, túneles, pasos inferiores, intersecciones o en cualquier otro lugar peligroso o en el que se obstaculice gravemente la circulación o constituya un riesgo, especialmente para los peatones», tal y como recoge el artículo 76 que expone los supuestos de infracción grave.

La multa asociada a esta infracción grave es de 200 euros, aunque no parece acarrear pérdida de puntos. Si solías pararte aquí para no entorpecer el tráfico rodado, piénsalo mejor a partir de ahora, pues tu bolsillo puede sufrir las consecuencias.

Otras sanciones relacionadas con ciclistas

Este nuevo reglamento tiene otra serie de puntos relacionados con la relación entre conductores y ciclistas. Por ejemplo, ahora para protegerte, los vehículos que necesiten adelantar a una bicicleta o a un ciclomotor, tendrán que hacerlo ocupando completamente el carril contiguo si la vía tiene 2 o más carriles por sentido. Y si la vía solo tiene un carril, mantener la separación mínima de 1,5 metros.

«El conductor de un vehículo que pretenda realizar un adelantamiento a un ciclo o ciclomotor, o conjunto de ellos, debe realizarlo ocupando parte o la totalidad del carril contiguo o contrario, en su caso, de la calzada y guardando una anchura de seguridad de, al menos, 1,5 metros, salvo cuando la calzada cuente con más de un carril por sentido, en cuyo caso será obligatorio el cambio completo de carril. Queda prohibido adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen en sentido contrario, incluso si estos ciclistas circulan por el arcén».

Incumplir cualquiera de estas unidades de medida que pongan en riesgo la integridad de los ciclistas supondrá una retirada de 6 puntos del carnet de conducir, mientras que anteriormente eran solamente 4 puntos por esta infracción. Este apartado se recoge en el ejemplo 12 sobre infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos. «Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros».

 

Fuente: adslzone