El ciclista es el usuario vulnerable en la carretera

Seas ciclista o no, debes saber que estos son los que más riesgo corren en la carretera. Por ello, desde la Dirección General de Tráfico (DGT) recuerdan una serie de normas de circulación y consejos a la hora de moverse por las carreteras.

Y es que, como tal, los ciclistas son los llamados usuarios vulnerables y una de las principales preocupaciones de la DGT, ya que los accidentes se han incrementado en los últimos meses. Es más; debido a la gran afición que existe en España a este deporte, desde el propio organismo vial enumeran los casos en los que, sobre todo, un conductor debe dejarles el paso.

Es así que, a veces, circular junto a las mismas y el momento del adelantamiento pueden resultar estresantes. Además, se pueden generar situaciones de riesgo tanto para el ciclista (o el grupo de ciclistas) como para el conductor del coche. Pero, ¿en qué casos concretos podemos y debemos hacerlo?

Situaciones que no debes olvidar

Por tanto, como decimos, nuestro país tiene una gran tradición ciclista. No tanto en lo concerniente a utilizar la bicicleta como medio de transporte, pero sí en lo deportivo, razón por la cual es habitual que nos encontremos con ciclistas, y grupos de ciclistas, en la carretera.

Si eres ciclista, es muy importante que conozcas las normas básicas de circulación en carretera. Si eres conductor, es muy importante que sepas cómo has de adelantar a un ciclista. Y si buscas conocer en qué situaciones puedes dejarles pasar, aquí las conocemos.

Prioridad en carril bici

La convivencia entre coches y bicicletas no es fácil, sobre todo en ciudades, donde además de existir adelantamientos a ciclistas, también deben de cederse el paso unos a otros, momento en el que la confusión respecto a la prioridad de paso de los ciclistas cobra especial protagonismo. Y ahí, en el carril bici, el ciclista tiene prioridad.

Así, un ciclista que circule por un carril bici, un paso para ciclistas o arcén debidamente señalizado, siempre tendrá prioridad de paso respecto al resto de vehículos que circulen por la calzada. Es decir, debemos entender este tipo de vías como una suerte de «paso de peatones para ciclistas».

Preferencia en un cruce

Por su parte, también tenemos los que son los cruces e intersecciones, donde los conductores de bicicletas siempre tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor que realicen un cambio de dirección a izquierda o derecha.

Acaba de recordarlo la Guardia Civil a través de su cuenta de Twitter, para sorpresa de muchos conductores que ignoran esta norma básica de circulación. «¡Recuérdalo! El ciclista siempre tiene la prioridad ante un vehículo de motor que gire en un cruce«. Así de simple. Lo recoge el Artículo 64 del Reglamento General.

Prioridad en rotondas

Para que no haya ningún tipo de duda, el artículo añade que los ciclistas también tienen preferencia «cuando circulando en grupo, el primero haya iniciado ya el cruce o haya entrado en una glorieta«.

O lo que es lo mismo; que hay que considerarlos una sola unidad y hay que cederles el paso (y detenerse, si es preciso) hasta que pase el último ciclista del pelotón. Además, según el mismo artículo, los conductores de bicicletas tienen preferencia «cuando circulen por un arcén debidamente señalizados».

En carreteras convencionales

Lo habitual, ya sea en carreteras urbanas o interurbanas, es que los automóviles busquen adelantar a un ciclista o grupo de ciclistas, pues circulan a menor velocidad. Fuera de poblado, el mayor riesgo para realizar esta maniobra se presenta en las carreteras convencionales por su tipología, pues se va a mayor velocidad, normalmente son de un carril por sentido y no siempre disponen de arcén.

Se pueden adelantar, aunque el tramo no lo permita

Y en el caso de los ciclistas, como ocurre por ejemplo con peatones, animales o vehículos de tracción animal, en esencia se resume en que debe cumplirse una distancia lateral mínima de 1,5 metros, para lo que dependiendo del tipo de vía se deberá invadir el carril contrario.

No hay que olvidar los ciclistas tienen permitido circular en grupo (Artículo 22 de la Ley de Seguridad Vial). Ya vayan individualmente o en grupo se deben cumplir idénticos preceptos recogidos en esta normativa.

 

Fuente: adslzone