Internet es una potente herramienta que hace las veces de altavoz y de interconexión con el resto del mundo. Estas facilidades son utilizadas en muchas ocasiones por personas que escondiéndose tras un alias se consideran amparados por el anonimato para proferir toda clase de insultos o injurias contra otras personas. Desde hace algún tiempo los poderes judiciales persiguen este tipo de conductas pero todavía existen resquicios legales por los cuales esta clase de delitos siguen sin ser considerados en ocasiones como graves.

Una de estas causas, presentada por una persona que había recibido graves insultos de otro usuario que usaba un alias para identificarse en foros de Internet, había sido rechazada por el Juzgado de Instrucción número 38, un órgano que ahora se ve en la obligación de admitir a trámite dicha querella por orden de la Audiencia Provincial. Los hechos de la polémica consistían en insultos graves contra la propia persona, pero en un primer lugar habían sido determinados como constitutivos de una falta de injurias. La Ley 25/2007, impedía entonces realizar una investigación tecnológica sobre estos delitos para conocer la identidad de la persona tras el alias sobre estos ya que no habían sido catalogados como graves.

Insultos en Internet “enmascarados” tras el anonimato

Pero algunos magistrados entienden que la no persecución de este tipo de actos propicia una “desprotección penal de un bien jurídico tan importante como el derecho al honor, cuando el ataque se encauza a través de Internet u otros servicios de comunicaciones electrónicas de acceso público o de redes públicas de comunicaciones”. Por tanto con el nuevo escenario jurídico que plantea la Audiencia Provincial, se podrá recurrir a la investigación tecnológica para determinar la identidad de la persona que haya vertido sobre otros usuarios insultos contra otra persona. Algo que podría considerarse lógico teniendo en cuenta la facilidad con la que muchas personas son agredidas o amenazas verbalmente en los foros o las propias redes sociales.

¿Estáis de acuerdo acerca de la decisión tomada por la Audiencia Provincial de Madrid?

 

Fuente: Facua | adslzone

 

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