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La aplicación indiscriminada del canon no es compatible con la Directiva Europea
La aplicación indiscriminada de un canon para la compensación por copia privada, a empresas y profesionales, que claramente adquieren los aparatos y soportes de reproducción digital para finalidades ajenas a la copia privada no es conforme con el concepto de «compensación equitativa» en el sentido del artículo 5, apartado 2, letra b), de la Directiva 2001/29.
Fuente desde: Internauta Television