El blog de la CMT se hace eco de la resolución del organismo regulador de las telecomunicaciones en nuestro país relativa a una consulta planteada por Telefónica sobre la posibilidad de cobro a los clientes de  los costes derivados de las cancelaciones de las solicitudes de portabilidad. Aprobado por el Consejo de la CMT, en el texto se señala que cobrar a los usuarios por cancelar una portabilidad móvil o exigirle el pago de un depósito sería contrario a la Ley de Defensa de los Consumidores y Usuarios.

El regulador asegura que estas prácticas "podrían ser consideradas como cláusulas abusivas por la autoridad jurisdiccional competente". Tanto los operadores como las tiendas que comercialicen sus servicios no pueden cobrar importe alguno ni "fijar garantías o anticipos de pago previos a la prestación del servicio", algo que lamentablemente es muy habitual, especialmente en en los operadores de telefonía móvil.

Este último caso, el de la portabilidad móvil, resulta más flagrante dado que los operadores no se cobran nada entre ellos si la portabilidad no se lleva a cabo, por lo que para la CMT no es "razonable que se impute al usuario cuota alguna como consecuencia de la cancelación de su solicitud de portabilidad". Sin embargo, es frecuente que a la hora de iniciar este trámite se pida al usuario el pago de un depósito que se pierde en caso de permanecer con su actual operador, algo por otro lado habitual ya que es frecuente que los usuarios recurran a los amagos de portabilidad sólo para recibir contraofertas de sus actuales compañías.

Para la CMT esta cuota que pagan los usuarios "no deberá tener, en ningún caso, efectos disuasorios", pero que sí tiene en la mayoría de los casos en telefonía móvil a pesar de que, insistimos, entre estos operadores no exista coste alguno por realizar estos trámites.

No sucede lo mismo en las portabilidades fijas, aunque la cantidad que se debe pagar resulta irrisoria comparada con los depósitos que imponen algunas compañías móviles. Los operadores "fijos" sí se cobran entre ellos al cancelarse una portabilidad. Concretamente, 0,41 euros, por lo que la CMT considera "que los potenciales operadores fijos receptores de una portabilidad numérica pueden, a su voluntad, repercutir al usuario la tarifa máxima de 0,41 euros por solicitud cancelada, ya que no se considera que este importe sea disuasorio".

 

Fuente: adslzone