Los hechos que han motivado esta resolución se remontan a octubre de 2008. El menor a cuyo padre se ha condenado cuelga en su perfil de la red social Tuenti una foto de una adolescente de 15 años en ropa interior. La leyenda de la imagen reza "Fefi la loca se te aparecerá esta noche para hacerte una felación. Para protegerte de su ataque envía esta foto a 10 de tus contactos, hazlo rápido o Fefi se te adelantará".

A los pocos días la joven de la foto tiene conocimiento de la misma a través del perfil de uno de sus contactos. Tras ser la comidilla de las conversaciones entre los compañeros del colegio donde estudiaba, la joven acabó desarrollando "una importante fobia al colegio, una ansiedad específica que acredita un supuesto de bullying (acoso escolar)", tal y como publica Canarias7.es.

Este hecho motivó la demanda de los padres de la menor, que ahora es estimada por el magistrado del Juzgado de Primera Instancia número 14 de Las Palmas de Gran Canaria, Cosme Antonio López Rodríguez imponiendo la sanción de 5.000 euros al padre del ofensor. El argumento esgrimido para condenarle ha sido su culpa in vigilando, es decir, por la omisión del deber de vigilancia que a los padres correspondía.

El juez ha estimado que los progenitores tendrían que haber empleado una mayor diligencia en su "educación al correcto uso de las nuevas tecnologías" y no "prevenir en uso inadecuado de las mismas". Aunque la sentencia es susceptible aún de recurso ante la Audiencia se trata de una resolución muy a tener en cuenta dado que es una de las primeras en este sentido que se dicta en nuestro país y que obliga en cierta manera a los padres a estar más atentos tanto de la educación que dan a sus hijos en materia de nuevas tecnologías así como a estar más pendientes de las actividades que estos realizan en la Red.

 

Fuente: adslzone