Dicha multa había sido impuesta a la compañía por la CNMC «discriminar a sus competidores en las averías». Mediante la nueva sentencia de la Audiencia Nacional, se considera la infracción simplemente como leve, por lo que Movistar tendrá que pagar solamente 50.000 euros.

La CNMC impone una sanción «muy grave»

Ha sido la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional quita la razón a la resolución aprobada originalmente por la Sala de Supervisión Regulatoria de la CNMC en octubre del año 2019.

Dentro de dicha resolución original de 72 páginas se consideraba que el operador de Telefónica había cometido «diversas prácticas discriminatorias en los tiempos de provisión y resolución de averías y en las condiciones de calidad de los circuitos provistos en los servicios mayoristas de acceso a cobre y fibra a sus rivales (Orange o Vodafone) frente a los que se prestaba a sí misma» entre enero de 2017 y diciembre de 2019. Estos actos eran catalogados como «muy graves» según su interpretación de la Ley General de Telecomunicaciones.

Como no se pudo cuantificar el beneficio que se había conseguido con dichas prácticas discriminatorias, se impuso una multa de 6 millones de euros, entre los niveles superiores en cuantías que recogía el código regulador.

La Audiencia Nacional defiende a Movistar

Movistar decidió recurrir esta resolución y llevar el asunto a la Audiencia Nacional. Ahora estos últimos han decidido contradecir a la CNMC, no en las pruebas que demuestran las prácticas discriminatorias, sino en la gravedad de las mismas. La Sala de lo Contencioso entiende que lo que ha cometido Movistar como mucho puede ser considerado falta leve, pues su conducta no es un incumplimiento de una resolución del organismo.

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Recurso a favor de Telefónica

La defensa de Movistar se centró en el concepto de que simplemente era un incumplimiento en materia de calidad, y no de desobediencia generalizada sobre la obligación regulatoria de la resolución de averías. La Audiencia Nacional estimó parcialmente el recurso, anula la resolución de la CNMC por no ser conforme a derecho y disminuye la cantidad a pagar en la multa a 50.000 euros.

Dicha sentencia podría ser recurrida en última instancia por parte de la CNMC ante el Tribunal Supremo, pero la jurisprudencia parece favorable a Movistar como para que el Alto Tribunal no volviera a la resolución inicial.

Esta es la segunda gran victoria de Movistar contra la CNMC en un asunto similar. Hace varios años, la CNMC multó con 5 millones de euros a Movistar por no responsabilizarse de una “gran proporción” de las averías en las líneas de banda ancha de los clientes de otros operadores que utilizaban sus redes al calificarlas como falsas. La Audiencia Nacional, entonces, realizó una sentencia similar ante el recurso de la operadora.

 

Fuente: La Información | adslzone