Google ha contestado en un comunicado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la sentencia del derecho al olvido. La compañía considera como decepcionante para los motores de búsqueda y editores online en general esta sentencia que permite a los usuarios de Internet solicitar a los buscadores la retirada de enlaces que violen su privacidad. Según Marisa Toro, directora de Comunicación y Asuntos Públicos de Google para el sur de Europa, “estamos muy sorprendidos de que difiera tan drásticamente de las conclusiones del Abogado General y de las advertencias y las consecuencias que ya identificó. Vamos a dedicar tiempo, desde este momento, para analizar las implicaciones de dicha decisión”.

El TJUE obliga a Google a borrar enlaces con datos personales

Como os contamos esta mañana, Europa va a respaldar el derecho al olvido y según una sentencia del TJUE, obligará a las compañías responsables de los motores de búsqueda a eliminar los enlaces que aparecen en los resultados de búsqueda cuando un usuario de Internet lo solicite, en el caso de que vulnere su privacidad. Esta situación comenzó cuando Mario Costeja denunció a un periódico por que Google mostraba un anuncio de embargo en dicho periódico, después de 11 años. El afectado alegaba que la deuda estaba saldada y que se estaba dañando su imagen. El Abogado General del TJUE, Niilo Jääskinen, se pronunció en contra del derecho al olvido en junio de 2013, ya que aseguraba que Google no tiene la responsabilidad de los datos personales que hay en las páginas web que salen en los resultados de búsqueda. En cambio, el TJUE ha considerado con esta sentencia que Google explora Internet de forma “automatizada, constante y sistemática” y recoge información, la registra, organiza y conserva, por lo que estas acciones se deben de calificar como tratamiento de datos, del que Google sería responsable.

El gestor de un motor de búsqueda es responsable del tratamiento

El TJUE señala en su sentencia que “el gestor de un motor de búsqueda en Internet es responsable del tratamiento que aplique a los datos de carácter personal que aparecen en las páginas web publicadas por terceros”. Para que los enlaces sean eliminados deben de darse determinadas condiciones que no han sido muy detalladas por el Tribunal en la sentencia. De todas formas, podemos leer que “cuando, a raíz de una búsqueda efectuada a partir del nombre de una persona, la lista de resultados ofrece enlaces a páginas web que contienen información sobre esa persona, ésta puede dirigirse directamente al gestor del motor de búsqueda [...] para conseguir que se eliminen esos enlaces de la lista de resultados, bajo determinadas condiciones”. Lo que está claro es que, dentro de esas condiciones, debe existir un equilibrio entre los derechos de la persona supuestamente afectada y los derechos de los internautas, prevaleciendo los primeros.

 

Fuente: adslzone