Además, el proceso habilitado por el operador para darse de baja deberá garantizar que el usuario dispone de constancia para acreditarla. Asimismo, cuando un operador tenga noticia, a través de los procedimientos regulados de acceso a las redes, de que un abonado se ha dado de alta con otro operador, deberá considerar que se ha dado de baja con él. Así se evita que el operador continúe facturando a un usuario que ya ha cambiado de compañía. Para llevar a cabo la reducción en el plazo de las portabilidades, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) deberá aprobar las especificaciones necesarias.

La nueva normativa conserva todos los derechos que ya están reconocidos en el actual marco de protección de los usuarios, al tiempo que añade otros 20 nuevos derechos. Entre otras medidas, la carta amplía también el contenido que debe figurar en los contratos. Así, será obligatorio que figuren en el contrato hasta 16 extremos, para garantizar la información al usuario.

 

Fuente desde: adslnet