Los ciudadanos tienen Derecho a una comunicación libre: Que abarca la Libertad de Expresión, producción y creación literaria, artística, científica, técnica y tarea docente. También tienen Derecho a la información. A recibirla y emitirla con prohibición expresa de la censura previa, el secuestro administrativo y cualquier maniobra para dificultad nuestro acceso a la información y la cultura.

Hay que recordar que en este país Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.

Es por todo esto que la Neutralidad de Red es una obligación de los proveedores de servicios de la sociedad de la información ya que deriva de estos derechos fundamentales.

Es decir, que los intermediarios deben mantenerse neutros y limitarse a conectar a proveedores de contenidos (sean personas físicas o jurídicas) con aquellos que deseen acceder a ellos sin jerarquizar, priorizar o penalizar dicha comunicación bajo ningún supuesto que no sea el de la voluntad del ciudadano. Y, por supuesto, garantizando el secreto de los datos que por sus redes circulan y siendo completamente escrupulosos con la privacidad e intimidad de las personas.


¿Podrá soportar España 4.000.000 de bajas de clientes de banda ancha?
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Responden más de 1.500 sitios web y va subiendo

 

Fuente desde:  internautas