Malas noticias para aquellos que pretenden que los operadores filtren en sus conexiones el acceso a servicios como el P2P o el bloqueo a páginas web. Proceden del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el mismo que ya dio un severo tirón de orejas a España el pasado mes de octubre al declarar ilegal la actual aplicación del canon digital al considerarlo indiscriminado y abusivo.

En esta ocasión, su abogado general ha emitido su informe sobre el caso de una entidad de gestión de derechos de autor de Bélgica que pretende que el operador de dicho país Scarlet bloquee en su red "cualquier forma de envío o de recepción por sus clientes de archivos que reproduzcan una obra musical sin autorización de sus titulares mediante un programa peer to peer". El operador se vio obligado por la Justicia de su país a impedir a sus usuarios el acceso a redes como BitTorrent o eMule y a pagar una multa de 2.500 euros por cada día que no acatase la sentencia.

Sin embargo, Scarlet, lejos de conformarse con esta condena, recurrió al Tribunal de Apelación de Bruselas. La Unión Europea ha recurrido a uno de sus abogados generales para la elaboración de un informe sobre el caso y a raíz de éste se pronunciará en su decisión final. Cabe mencionar que, si bien el informe no es vinculante con la resolución por parte del TJUE, sus aportaciones suelen ser atendidas por este tribunal, tal y como se vio en el citado caso español del canon digital, en el que la abogada general Verica Trsteniak ya advirtió sobre la ilegalidad de esta tasa.

Cruz Villalón ha concluido que "el establecimiento del mencionado sistema de filtrado y de bloqueo se configura como una limitación del derecho al respeto del secreto de las comunicaciones y del derecho a la protección de los datos de carácter personal, amparados por la Carta de los Derechos Fundamentales". Para añadir más rotundidad a su resolución afirma que "del mismo modo, la instalación de tal sistema limita la libertad de información".

El Gobierno quiere bloquear el acceso a ciertas webs en España

De este modo, parece probable que el tribunal comunitario acabe dando la razón al operador, pero esta resolución podría tener consecuencias en nuestro país. Hace unos días conocimos el borrador del reglamento de la Ley Sinde y en él se abre la posibilidad de que los operdores se vean obligados a impedir el acceso en nuestro país a determinados sitios con enlaces que estuviesen alojados fuera de España.

Se vuelve a evidenciar, por tanto, que el sistema propuesto por el Gobierno y apoyado por PP y CiU para acabar con las descargas hace aguas desde el punto de vista legal. De hecho, quizá no fuese necesario siquiera llegar a tribunales europeos para demostrar su posible inconstitucionalidad, dado que el cierre preventivo de páginas web como pretende hacer la Comisión de Propiedad Intelectual, es algo que no cabe en nuestra Constitución.

 

Fuente: adslzone