Objetivo: asegurar la neutralidad de la red

La ley, que se discutía desde 2007 y que pasó a tratarse de urgencia desde el pasado mayo, fue aprobada finalmente ayer jueves día 26.

El texto asegura que las operadoras no podrán interferir en el uso que un usuario hace de su conexión, ni tampoco priorizar según qué aplicaciones o servicios. Tan sólo podrán intervenir a petición expresa del cliente que desee bloquear ciertos contenidos que considere inadecuados.

No podrán arbitrariamente bloquear, interferir, discriminar, entorpecer ni restringir el derecho de cualquier usuario de Internet para utilizar, enviar, recibir u ofrecer cualquier contenido, aplicación o servicio legal a través de Internet, así como cualquier otro tipo de actividad o uso legal realizado a través de la red

En caso de que un operador infrinja las obligaciones de mantener la neutralidad en la red, la Subsecretaría de Telecomunicaciones del gobierno chileno se encargará de establecer las sanciones correspondientes.

Regulan también la información de las ofertas

Otro punto interesante es que mediante un reglamento se obligará a los operadores a publicar en su web toda la información relativa a las conexiones ofrecidas: velocidad de acceso, calidad del enlace, disponibilidad del mismo en el tiempo, nivel de agregación, etcétera.

Éste reglamento, que todavía no ha sido publicado e incluirá las acciones que se considerarán en contra de la libertad de uso del enlace contratado, tendrá que elaborarlo la Subsecretaría de Telecomunicaciones durante los tres próximos meses.


Fuente: bandaancha