Tal y como aprobase el Juzgado de lo Mercantíl número 7 de Barcelona, "enlazar, distribuir, reproducir o comunicar públicamente" ciertos enlaces no es ilegal ni supone violación alguna de los derechos de autor, mientras que las redes por las que se mueven los archivos son para el juez “meras redes de transmisión de datos entre particulares usuarios de Internet”.

El propio juez que dictó la última sentencia favorable a la web de enlaces P2P Índice-web.com, aseguró que "crear un índice que favorece y orienta a los usuarios para acceder a otras webs o a las redes de intercambio de archivos P2P constituye la esencia misma de Internet".

El ambiente se caldea ante la venidera Ley de Economía Sostenible, que habrá de enfrentarse a la jurisprudencia que este tipo de sentencias están creando. Quizá la llamada Ley Sinde intente aferrarse a otras sentencias como la dictada por el Tribunal Supremo en diciembre de 2009, en el caso PutaSgae, en la que afirmó la responsabilidad de un prestador de servicios de alojamiento por albergar en su página web enlaces a otras páginas en las que se atentaba contra el honor de la SGAE basándose en el "conocimiento efectivo" de los responsables de alojar la web.

Sin embargo, no lo tendrá fácil la nueva ley para acabar con los enlaces P2P a pesar de lo dicho por el Supremo en ese caso concreto y casi excepcional. En España existen aproximadamente 30 casos de este tipo abiertos cuyas sentencias probablemente se vayan a conocer coincidiendo con el debate parlamentario de la ley. Mucho y muy fino habrán de hilar los legisladores para que desaparezca la legitimidad de los enlaces P2P que la Justicia se ha encargado de otorgarles.


Fuente: adslzone