Esta causa ya había sido archivada previamente, pero la Audiencia Provincial había dejado sin efecto el sobreseimiento provisional de la causa de 19/03/2008, por falta de este informe pericial cuya pertinencia se había admitido: "(...) entendiendo en síntesis que en casos como el actual, dónde el link sólo representa un modo de facilitar al usuario el acceso a otra página, sin necesidad de teclear su nombre" no hay delito.

Con esta resolución en la mano, una más de tantas, nos preguntamos si la propuesta de que en el futuro no sean los jueces quienes decidan sobre estos asuntos es, simple y llanamente, la solución que desde España les ofrecemos a tanta frustración.

Javier de la Cueva y David Bravo, abogados de uno de los imputados. Recordamos, antes de cerrar este artículo, la nota de prensa esperpéntica sobre las detenciones.


Fuente desde: bandaancha