Por otro lado, a destacar en el Código aprobado hoy la regulación de los siguientes aspectos:

• Cuando un usuario solicite un SMS informativo , el prestador estará obligado a enviarle un SMS en el que le informe de su precio y de la identificación de la empresa responsable. Si se trata de servicios de precio superior a 1,20 euros (de suscripción o para adultos), este mensaje informativo será previo a la contratación, con lo que sólo si el usuario lo acepta expresamente podrá prestarse el servicio.
• Se establecen horarios específicos para la publicidad y el funcionamiento de servicios dirigidos a menores. Asimismo, se establecen también unos horarios determinados en servicios dirigidos a adultos, en línea con la regulación de los espacios televisivos.
• Los concursos deberán contar con las correspondientes bases depositadas ante notario. En los programas de televisión, mientras que se anuncie el número telefónico para participar, deberá figurar en la pantalla en todo momento su precio además de la identificación del prestador de servicio.

 

Fuente desde: bandaancha