A pesar de ser uno de los servicios de alojamiento que más ha contribuido en los últimos años en la lucha contra la "piratería", la industria cultural y del entretenimiento ha conseguido una nueva sentencia judicial contra RapidShare. Iniciada por editoriales alemanas, la última denuncia contra el cyberlocker ya tiene sentencia del Tribunal Supremo de este país.

En ella se señala que si bien RapidShare no tiene la obligación de vigilar todos los archivos que suben a sus servidores los usuarios, sí está obligada a vigilar que sitios web externos enlacen a contenidos con derechos de autor que almacena. Así, una vez detecte esta práctica, estará obligado a bloquear la descarga de tales archivos y así no serán de acceso público.

Además, el dictamen señala que si estas medidas no son suficientes para impedir la distribución de estos contenidos se podría llegar a obligar a RapidShare a impedir el uso de su servicio de forma anónima. Aunque la plataforma ya cuenta con un registro de direcciones IP podría llegar a verse obligada a requerir una prueba de identidad, lo que inevitablemente impulsaría el éxodo de usuarios a otras alternativas más privadas que existen a día de hoy en la Red.

Como era de esperar, la industria cultural se ha mostrado satisfecha con la decisión judicial. "La sentencia es revolucionaria porque clarifica la responsabilidad de los servicios de alojamiento en la nube hacia los titulares de derechos de autor", explica el grupo GEMA. Por su parte, RapidShare no ha emitido ningún comunicado aún, aunque previamente ya había señalado que ya emprendía este tipo de acciones desde tiempo atrás.

Veremos hasta qué punto no acaba siendo una sentencia perjudicial para un cyberlocker cuyo tráfico se ha desplomado y con él la rentabilidad del servicio. No en vano, a comienzos de este año redujo su plantilla de trabajadores un 75%. Igualmente, la decisión podría afectar a otros servicios similares que operan Alemania.

 

Fuente: Torrentfreak | adslzone