Todos aquellos clientes que hayan abandonado su operador de forma anticipada y hayan tenido que pagar una penalización por incumplir su contrato de permanencia podrían reclamar el importe del impuesto sobre el valor añadido en caso de que fuera facturado desde esa fecha. Según hemos podido confirmar, la Dirección General de Tributos no obliga a las compañías a repercutir el IVA a sus ex clientes en las penalizaciones desde el citado mes, por tanto podría haber usuarios que hayan pagado de más en su penalización.

Problemas con los operadores

Esta modificación tiene un impacto significativo en función del tipo de cliente. Por ejemplo, un abonado que haya pagado la penalización con el IVA estará en disposición de reclamarlo a su compañía. Por otro lado, los clientes que hayan optado por no abonar la cuota de permanencia obligarán a los operadores a emitir una factura negativa descontando ese IVA repercutido.

Usuarios y operadores perjudicados

En este caso se da la circunstancia de que ambas partes están afectadas por una "chapuza" importante relacionada con la Agencia Tributaria. Por un lado, los usuarios que han pagado de más en su penalización y por otro lado las compañías de telecomunicaciones que han tenido que adelantar el impuesto (lo hayan cobrado o no) y probablemente ahora tengan que reclamarlo a Hacienda.

En resumen, si has tenido que pagar una penalización por permanencia, asegúrate de que la cuota no incluye IVA desde noviembre de 2012.

¿A quién no afecta este cambio de normativa?

Lógicamente a las compañías que no imponen permanencia a sus usuarios, una obligación legal que debería ir desapareciendo.

 

Fuente: adslzone