Se puede dar el caso de que un usuario esté utilizando una red común, como en una residencia universitaria, una biblioteca, o que alguien haya conseguido acceder a su red personal y haya utilizado la red con fines ilícitos. En España estamos todavía a salvo de leyes que criminalizan el compartir contenido con copyright vía P2P, pero en otros países como Francia, Alemania o Estados Unidos, está completamente prohibido, y hay cuantiosas multas en el caso de que se comparta contenido de este tipo. Sólo mediante VPNs de pago, que no den los datos de quien se esconde detrás de una IP falsa, se puede compartir contenido en estas redes de manera segura.

Ahora, una juez de Oregon ha desestimado una denuncia contra un usuario que presuntamente había descargado una película de manera ilegal. Según ha dictaminado esta juez, la dirección IP no es suficiente para determinar si fue el usuario quien perpetró la descarga.

La IP es la única forma de identificar al atacante en estos casos. Cada semana hay denuncias por estas prácticas en Estados Unidos, y parece que los jueces se están cansando de la situación. Esta juez, llamada Beckerman, dictaminó que las dos acusaciones de delito directo e indirecto no eran suficientes para continuar el caso. Esta es la primera vez que un juicio de este tipo se resuelve de esta manera.

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La sentencia leía que “aunque era posible que el denunciado Thomas Gonzales fuera quien descargó la película, es posible que también fuera un miembro de la familia, un residente de la casa, o cualquier otra persona que pudiera tener acceso a la red”. En este caso, el usuario operaba desde una residencia de ancianos. Incluso los denunciantes afirmaron que cualquiera podría haber descargado la película en esta red, a pesar de que intentaron inculpar a Gonzales de más descargas de contenido con copyright dentro de esa red. La compañía avisó también previamente con varias cartas antes de tomar medidas legales, pero estas no fueron respondidas.

Sentencias de este tipo hacen ver que, por suerte, hay jueces que conocen cómo funciona la red, y que protegen a los usuarios de conductas abusivas por parte de ciertas compañías. Esta juez recomendó en marzo que se desestimaran las denuncias por infracción de copyright sólo por IP. La IP no es suficiente para denunciar a un usuario. Hacen falta más evidencias.

 

Fuente: TorrentFreak | adslzone