Si eres uno de ellos, bien puede ser que utilices el sistema de descarga directa, o bien es posible que hagas uso del protocolo BitTorrent. Hay algunas otras formas, pero tampoco son demasiadas, y lo cierto es que son vías minoritarias. Tanto en el caso de las descargas directas como de las descargas de torrent, que sería este segundo caso, en realidad es muy fácil pillar a quien descargapero también es bastante sencillo ocultarse, si nos ponemos del lado del usuario que se dedica a conseguir contenidos de forma ilícita a través de la Red.

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Descargas directas y torrent ¿cómo se puede pillar a los ‘piratas’?

Sea cual sea el caso, lo primero que hay que saber es que todos los dispositivos conectados Internet están identificados de una forma: a través de la dirección IP. No es como el DNI de una persona o como el código IMEI de un dispositivo móvil, que va asociado de forma única, sino que estas direcciones IP corresponden a los proveedores de servicios de Internet y se asignan entre sus abonados de forma aleatoria. Esta es la que se conoce como dirección IP públicaaquí se puede revisar la IP pública o real y revela de forma directa la ubicación de la conexión, aunque en un rango no demasiado preciso. Eso sí, el operador sí puede desvelar la ubicación exacta de su abonado con tal dirección IP pública. Partiendo de esta base, ya sabemos que la dirección IP pública es la que revela quién hace qué en Internet.

Esta dirección IP es la que queda registrada por los servidores de Internet cuando el usuario hace una petición. Es decir, si accedemos a la página web ADSLZone, los servidores de la misma registran cada acción asociada a la IP, y estos datos pueden ser revisados con una orden judicial. Con dicha orden, entonces se consultaría al proveedor de servicios de Internet a quién corresponde, y se podría conocer lo que comentábamos anteriormente: quién ha hecho qué.

En el caso de las descargas directas, así de sencilla es la cuestión, pero claro, tendrían que conocerse previamente indicios de prácticas delictivas para conseguir dicha orden judicial. Y en el caso de los intercambios a través del protocolo BitTorrent, los trackers son los que recogen esta huella digital con la dirección IP, de una forma muy similar.

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Únicamente hay que ocultar la dirección IP

El problema para la Justicia, con respecto a lo anterior, es que ocultar la dirección IP pública es realmente sencillo. Se puede hacer navegando a través de una red privada virtual que ceda su IP pública y trabaje como nodo intermedio en el tráfico del cliente, por ejemplo, o se puede utilizar la red Tor para utilizar varios nodos intermedios e incluso una capa de cifrado que hace aún más complicado conocer el origen del tráfico. Porque, en el caso de una red privada virtual, quien cede los servidores que ponen su dirección IP pública a la vista también podría ser intervenido, y por tanto tendría que facilitar los datos de tráfico generado, luego revelar la IP pública e sus clientes.

En el caso de Tor, sin embargo, se sigue un enrutamiento aleatorio del tráfico que aprovecha a todos los clientes conectados, y además se aplica una capa de cifrado que dificulta aún más seguir la pista desde el nodo final hasta el cliente origen, con todos los nodos intermedios a medio camino. Eso sí, en este caso se podrían aprovechar las cookies de navegación generadas para identificar al cliente de origen. Por eso siempre se recomienda no iniciar sesión en redes sociales y servicios de Internet cuando se navega a través de la red Tor, pero tampoco maximizar las ventanas o cambiar el idioma del navegador. Todo esto podría ayudar a identificar al cliente de origen, el ‘pirata’ en este caso.

Entonces ¿se puede pillar a quien descarga películas de Internet?

Sí, y es muy sencillo si no se toman las molestias de proteger la dirección IP pública, siempre y cuando este tipo de prácticas se hagan desde un ordenador personal. Pero sí, y también es muy sencillo, esquivar los mecanismos que existen para identificar a quien descarga de manera ilegal de Internet. Que, por cierto, aquello de las descargas ilegales también es un concepto discutible, en tanto que se deben contemplar conceptos como ‘ánimo de lucro’‘copia de seguridad’ en lo que, a priori, la mayoría de los usuarios creen que puede ser un acto delictivo.

 

Fuente: adslzone