Telefónica estará obligada a sustituir el cable cuando la calidad de una línea se deteriore de forma notable con respecto al momento en el que el usuario se dio de alta.

La última modificación de la OBA aprobada por la CMT establece una nueva forma de calcular la velocidad máxima de una línea, lo que técnicamente se denomina caracterización del par de cobre. Hasta ahora estos cálculos se realizaban de forma teórica a partir de la distancia a la central y suponiendo condiciones ambientales medias. La realidad muchas veces invalida estos cálculos. Un problema es el deterioro que parecen sufrir algunos bucles con el paso del tiempo. Si en el momento del alta eran capaces de sincronizar a una determinada velocidad, con el paso del tiempo van perdiendo progresivamente la capacidad de sostenerla. Esto podría tener su explicación en las interferencias inducidas por nuevos pares adyacentes que se van poniendo en servicio, aunque también hay quién habla de sustituciones de par no consentidas.

Las nuevas medidas del regulador vienen a remediar la situación. Según la CMT "resulta imprescindible incidir sobre la necesidad de incorporar determinados requisitos de garantía de calidad al servicio mayorista de prolongación de par, dada la tendencia de la regulación a imponer ciertas garantías de calidad en los servicios finales de los operadores. Sirva como ejemplo la medida anunciada por el Ministerio de Industria en relación a que "los operadores fijos del servicio de acceso a Internet de banda ancha no podrán aplicar ofertas en las que la velocidad teórica del bucle del abonado, con la tecnología empleada, no alcance el 80% de la velocidad máxima publicitada en la oferta".

La CMT quiere dotar a los alternativos de un mecanismo que les permita "reclamar la reparación o sustitución del par ante un descenso apreciable en la calidad percibida". Por eso, Telefónica deberá someter cada par a una prueba DELT, consistente en una simulación de sincronización entre el DSLAM y el router del usuario, en el que se mide la atenuación y ruido en todo el espectro para determinar la velocidad sostenible real. Esta información tendrá valor contractual en el momento del alta de un usuario. El valor de referencia será la atenuación, que no podrá sufrir una variación mayor de 6 dB a lo largo del tiempo. En el caso de superar está cifra, Telefónica estará obligada a reparar o sustituir el par por otro en buen estado.

 

Fuente desde: bandaancha