17-04-2012El Economista. - El pasado febrero, el Supremo admitió a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado por la Asociación de Internautas contra este reglamento, que permite a la Comisión de Propiedad Intelectual interrumpir por un año las páginas web que vulneren derechos de propiedad intelectual en internet.

En su recurso, la asociación pidió la suspensión cautelar de su aplicación mientras durase el procedimiento judicial.

La sección segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual, que comenzó a funcionar el pasado 1 de marzo, establece un sistema mixto administrativo-judicial contra las páginas que vulneren la propiedad intelectual con ánimo de lucro o que causen o puedan causar un daño al patrimonio.

Según informa la asociación en un comunicado, en el escrito de alegaciones presentado ante el Supremo se denuncia que la "ambigüedad" de los términos usados para definir las funciones de la comisión "impide determinar cuándo se estará ante una vulneración indirecta de los derechos de autor o cuando se estará ante una conducta susceptible de causar un daño patrimonial al titular de esos derechos".

También considera que es "imposible" hacer una valoración económica de "hipotéticos" daños al autor de los derechos.

Según la asociación, el reglamento recurrido instaura un sistema mixto de resolución de conflictos "que relega a un segundo plano la intervención judicial, considerándola accesoria y meramente formal"

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Fuente: internautas